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Objeto del contrato

PEP no contrata obras ni bienes. Paga solamente por la producción recibida. El contratista in-
vierte, ejecuta y entrega la producción. PEP establece una inversión mínima de trabajo para la
primera etapa y para la etapa de desarrollo, que es en plazos anuales, y les da un seguimiento.

Las inversiones mínimas se garantizan al 100% con carta de crédito o fianza. En este tema
de fianzas, quiero reconocer la excelente labor realizada por la Asociación de Afianzadores de
México, AFIANZA. Originalmente, cuando PEMEX comenzó a usar este tipo de contratos,
solamente se disponía de la carta de crédito. Gracias a la tarea de AFIANZA, se logró que se
usara la fianza.

PEP aprueba el plan de desarrollo; posteriormente, presupuestos y programas anuales de tra-
bajo. No aprueba especificaciones técnicas ni ingeniería, diseño, contrucción de pozos e instala-
ciones. El contratista está obligado a seguir la experiencia y prácticas prudentes de la industria.

Gobernanza

Un grupo directivo integrado por dos miembros de PEP y dos del contratista da seguimiento
a los servicios, redes, información, plan de desarrollo, programas de trabajo y presupuestos.
Revisa programas de unificación, instalaciones conjuntas y otros temas. Resuelve diferencias
técnicas y administrativas y establece grupos técnicos de apoyo para la ejecución y seguimiento,
registro financiero y subcontratación.

Responsabilidades del contratista

El contratista es el responsable de las operaciones petroleras y sus consecuencias dentro del área
contractual. Tiene una responsabilidad ambiental, que implica una indemnización por reclama-
ciones derivadas de la contaminación por hidrocarburos. Debe indemnizar a PEP por reclamos
de juicios, demandas, pérdidas, costos, daños a terceros, y también por incumplimiento de las
leyes aplicables a operaciones petroleras.

Terminación del contrato

El contrato puede concluir por causas de fuerza mayor o cuando, conforme al modelo econó-
mico, se llegue al límite económico dentro del contrato. Es decir, existe un límite económico en
el contrato que depende de la propuesta que hizo el contratista. Si este límite se sobrepasa, se
puede dar por terminado el contrato. Y, naturalmente, existe una cláusula de rescisión que hace
referencia al incumplimiento de las obligaciones principales.

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