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Contragarantías
Manolo Enriquez
La garantía (del francés, garant) indica la protección contra un riesgo determinado y aleatorio.
Las garantías han ido evolucionando: desde las garantías personales, como la palabra o el mis-
mo cuerpo, hasta las reales o bancarias, en la actualidad.
Tipos de contragarantías
Fiduciarias
Son aquellas que basan su respaldo en la confianza en el fiado y fiadores. Se pueden hacer cons-
tar en escritura pública, contrato privado o contrato prerredactado.
Reales
Son aquellas que basan su respaldo en algún bien, ya sea mueble o inmueble, el cual deberá ser anotado
en el registro correspondiente. Entre las garantías reales, se encuentran las hipotecarias, que garantizan
una obligación afectando un bien inmueble, y las prendarias, que recaen sobre bienes muebles.
Fideicomiso en garantía
Proporciona a las afianzadoras la flexibilidad y el respaldo necesarios en el proceso de suscrip-
ción. Esto se debe a que los bienes o fondos fideicometidos tienen como función resarcir a la
afianzadora en caso de que sea necesario.
111VIII Seminario Técnico de Fianzas y Crédito